Los recientes acontecimientos en el MP nos invitan a reflexionar sobre la justicia, especialmente sobre el proceso de investigación y los derechos ciudadanos. Nos enteramos de que esta institución manejaba dos registros independientes y desconectados: el de una determinada fiscalía y el general, así como otro «en la nube»: declaraciones recibidas y no registradas en uno de ellos ni conocidas por los asistentes. O especialistas en impuestos. agentes. Por tanto, cualquiera que fuera investigado y quisiera conocer este punto no pudo averiguarlo porque dentro del WP la información disponible no estaba interconectada.
Esto viola derechos, impidiendo el acceso a la información pública sobre el interesado y lo que podría hacer la administración de justicia, aunque se reserven los detalles. Agreguemos que estas encuestas pueden estar activas durante años, o indefinidamente, estableciendo un vínculo permanente con los riesgos fiscales.
Además, hasta que se lleve el caso -primera declaración- el sujeto investigado desconoce su caso, las medidas tomadas en su contra y mucho menos si se ha violado un derecho. t apareciendo en el sistema, producto de esos registros en particular, y no estoy hablando de los detalles de la investigación —es confidencial—, sino de tener uno abierto. Agreguemos a lo anterior que si el sujeto no está disponible para acciones legales –porque está en fuga– no puede acceder al expediente, procedimiento implementado con el objetivo de ser buscado, y esto presupone una interpretación amplia de la norma, planteó. en la práctica en tiempos de Cicig, con el asentimiento y aprobación del CC anterior, aunque ahora esto parece incómodo.
Otra cuestión en la que pensar es cómo se han enviado y constituido los casos en algunos tribunales de alto riesgo. La ley determina que solo el Fiscal General puede solicitarlo y la CSJ lo concede. Pero como era engorroso y socavaba el poder, se encontró una forma de violar los filtros, y por ende los derechos. A partir de esta cuenta se autorizó un caso como de mayor riesgo – siguiendo el procedimiento legal descrito – se le vincularon otras indagatorias y se le «adscribieron» generando un caso de manera artificial o con interés encadenado, y con múltiples casos relacionados con la el primero, aunque algunos presuntos delitos no tenían nada que ver con mayor riesgo, sino que pretendían dirigirlo al tribunal «amigo». Otro fraude de la ley para no tener que buscar la debida autorización de otras autoridades en beneficio del respeto de los derechos individuales.
En nombre de la justicia, no se pueden cometer injusticias; En nombre de la verdad, no debes mentir, y en nombre de la seguridad, no debes permitir el secreto. Si lo hacemos por conveniencia, promoveremos un gobierno de personas y no de principios, leyes e instituciones. El riesgo, como no escapa a la comprensión, es que según las personas, la justicia, la verdad o la seguridad tendrán una dimensión diferente y un efecto muy diferente, y esta es la razón por la que – durante siglos – los filósofos políticos y jurídicos han elegido construir instituciones judiciales sobre sólidos principios universales, generales e iguales para todos, y no para amigos o enemigos, según el momento o la situación. En cambio, unos han creado – y otros sostienen – el de: «a los amigos todo, a los enemigos apegados e indiferentes la ley». Cualquier estudiante de derecho atrevido decide apelar estos disturbios y termina ganando en los tribunales.
¡Saber lo contrario!