La Iniciativa 5977, una ley nacional de emergencia para el manejo de la pandemia de covid-19, ha sido presentada oficialmente a la Dirección Legislativa, y se incluyen varias disposiciones que el Ministerio de Salud debe respetar para atender a la población.
La iniciativa fue firmada por los diputados, jefes de bloque de los 19 bancos representados en el Congreso, luego de un acuerdo político que se alcanzó el sábado a la medianoche, luego de cuatro días de reuniones.
La propuesta incluye un aumento presupuestario de Q 1.800 millones al Ministerio de Salud para atender emergencias y abastecimiento de hospitales, pero también ordena acciones que se deben tomar para enfrentar la pandemia.
En el artículo 32 de la iniciativa, se deben tomar ocho acciones, si se aprueba la ley. Entre estas acciones se encuentra la vacunación de menores de 12 a 17 años.
“Planificar y desarrollar el proceso de vacunación de menores de 12 a 17 años. Asimismo, garantizar el cumplimiento del régimen completo para quienes tengan la primera dosis ”, señala el párrafo 3 del artículo 32 de la iniciativa 5977.
Entre otras medidas, el Ministerio de Salud está llamado a actualizar las disposiciones ministeriales dictadas y relativas a galgas, cordones sanitarios, pruebas diagnósticas, con el fin de buscar la reducción de las infecciones por coronavirus.
También solicita a Salud que revise, en colaboración con el Ministerio de Trabajo, las alternativas al trabajo presencial, por medida de salud.
Lea las ocho pautas establecidas en la iniciativa aquí.
- Actualizar las disposiciones ministeriales promulgadas en materia de galgas, cordones sanitarios, pruebas diagnósticas para buscar la reducción de infecciones a nivel nacional, departamental y municipal;
- Examinar con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social medidas alternativas al trabajo presencial, como medida de salud;
- Programar y desarrollar el proceso de vacunación de menores entre 12 y 17 años. Asimismo, asegúrese de completar el régimen completo para quienes ya tienen la primera dosis;
- Capacitar a brigadas comunitarias para la vacunación, detección y mitigación de COVID-19 en áreas rurales, tomando como referencia lugares poblados como aldeas y caseríos identificados en el censo nacional de población;
- Coordinar con los Consejos de Desarrollo Comunitario -COCODES, acciones de prevención, detección y vacunación de COVID-19 en áreas rurales, para lo cual la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia apoyará al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, facilitando la comunicación y coordinación. Esto no excluye otros mecanismos de coordinación.
- Revisar el reglamento para la autorización de nuevos cementerios o ampliaciones, con el fin de agilizar sus procesos y asegurar que no se niegue el entierro por causa de muerte por COVID-19;
- Actualizar el semáforo epidemiológico para dar certeza a la información sobre la situación del COVID-19 en cada localidad;
- Dotar al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social los medios para suscribir convenios de libre cooperación con farmacias y entidades afines para ampliar el sistema de inmunización.