Uno de cal y otro de arena – Prensa Libre

Uno de cal y otro de arena – Prensa Libre

Esta semana, el Congreso finalmente rechazó el estado de calamidad decretado por el ejecutivo, pero el proceso para lograr esa desaprobación ha sido complicado y ha generado fuertes discusiones sobre su vigencia. Fue la primera prueba de fuego para el nuevo Tribunal Constitucional (CC), que considero que no salió tan bien, pero al menos se ha avanzado algo.

La desaprobación se obtuvo luego de que la CC emitiera el lunes una aclaración a la resolución del sábado, en la que ordenaba a la legislatura cumplir con su obligación de aprobar, desaprobar o cambiar el estado de Calamity.

En la resolución del sábado, se le dijo a la junta del Congreso que debería reunirse para que los parlamentarios asistan y se reúnan hasta que cumplan con su obligación. Se les advirtió que el incumplimiento de esta obligación implicaría su responsabilidad penal y civil. Si bien esto es cierto, considero que es bueno que los parlamentarios finalmente desaprobaran el estado de Calamity, la primera resolución del CC me parece muy peligrosa, en la que argumenta que mientras el Congreso no tome una decisión, en ningún sentido. – Se mantiene vigente el estado de Calamidad: «… este Tribunal, para garantizar la seguridad y la seguridad jurídica de la población, determina que, de conformidad con el artículo 138 de la Ley Fundamental, el decreto gubernamental se mantiene vigente mientras mientras el Congreso de la República no gobierne por lo improbable ”.

Esta decisión va en contra de los precedentes existentes, así como del principio básico de que, respecto de cualquier norma restrictiva de derechos fundamentales, la interpretación debe hacerse de manera restrictiva, en beneficio de la persona, y vio al PC como se inclinaba ante la ejecutivo. Comparto la opinión de muchos abogados de que si el Congreso no toma una decisión dentro del tiempo asignado, el proceso legal no está completo y el estado de Calamity pierde su validez. El hecho de que los diputados no tomen una decisión en el tiempo de que disponen es de su responsabilidad y pueden ser denunciados por incumplimiento de su obligación, pero la ciudadanía no se culpa a sí misma y sus derechos no pueden verse restringidos por la irresponsabilidad de los diputados.

Dicho esto, debo admitir que en la aclaración realizada el lunes, el CC trató de justificarse estableciendo la importancia del plazo de tres días y cómo debe resolverse el Congreso para no sobrepasar dicho plazo.

A lo largo de su argumentación, la CC establece que el plazo de tres días tiene prioridad, y que comienza a correr a partir de la fecha de publicación del decreto en el Diario Oficial, sea o no que el Ejecutivo deba informar al Congreso. Asimismo, utiliza la importancia del plazo de tres días para argumentar que no es necesario pasar por el proceso normal de promulgación de una ley – las tres lecturas – sino que se puede hacer con un solo voto de mayoría absoluta – la mitad más uno. de los diputados, 81 en este caso.

En definitiva, las resoluciones del CC del sábado y el lunes fueron «una de cal y otra de arena»: determinaron que los estados de emergencia permanezcan vigentes después del plazo de tres días, hasta que el Congreso tome una decisión. —Determinación con la que no estoy de acuerdo—, pero sostiene que cumplir con el plazo de tres días después de la publicación del decreto es una prioridad y facilita la toma de decisiones por parte del Congreso.

Creo que esta aclaración será muy importante en el futuro para eliminar la incertidumbre que se ha vivido en Guatemala durante la última semana, sobre la vigencia o no del estado de Calamidad.